Nos hemos unido varios organismos Mexicanos para integrar una alianza, con el objetivo de evidenciar el complot existente precisamente contra la vida y la familia, exacerbado en las últimas 4 décadas del siglo 20 y los primeros años del siglo XXI.Somos una Asociación Civil sin intereses de lucro alguno. nos proponemos,formar e informar a los que aman la Vida y la Familia, ya que es necesario estar al tanto de esta temática. Bienvenidos

Mostrando entradas con la etiqueta preferencias sexuales. Mostrar todas las entradas
Mostrando entradas con la etiqueta preferencias sexuales. Mostrar todas las entradas

sábado, 21 de mayo de 2011

LA PERVERSIÓN DE UNA REFORMA CONSTITUCIONAL


Finalmente Avanzó la reforma de la Constitución


El pasado 8 de marzo, el Senado de México aprobó el texto de la reforma constitucional, el cual fue girado, el 23 de marzo, a las 31 legislaturas de los estados mexicanos y a la del Distrito Federal (Estado de México) para ser ratificado. Recordemos que la reforma somete a México entre otras cosas que ya analizaremos adelante, al sistema internacional de derechos humanos y, con ello, no sólo a los Tratados y Convenciones, sino también a los dictámenes y observaciones generales de los órganos de seguimiento, los cuales se han encargado de pervertir y tergiversar a favor de la cultura de la muerte el texto de esos documentos internacionales.
Senador Santiago Creel
Esta reforma fue avalada en el Senado por senadores de todos los partidos ahí representados. Originalmente el senador Creel, impulso está reforma, pero en Congreso de la Unión empeoraron diputados de todos los colores “la valiosa reforma del senador Creel”, en el marco de la Comisión Ejecutiva de Negociación y Construcción de Acuerdos del Congreso de la Unión (CENCA) y en particular Enoé Uranga.
Por lo demás fue hecha a espaldas de la sociedad mexicana, en un principio y después contra la voluntad de cientos de miles de mexicanos que escribieron y hablaron por teléfono con todos y cada uno de los senadores de todos los partidos políticos.
 La entrada en vigor de esta llamada reforma de los derechos humanos, dependía de su ratificación por parte de 16 estados federales. Ya han aprobado la reforma los 16 estados Traidores a sus electores y a México: Aguascalientes, Baja California sur, Campeche, Chiapas, Chihuahua, Coahuila, Colima, Durango, Estado de México, Quintana Roo, Sonora, Tabasco, Tamaulipas, Veracruz, Yucatán y Zacatecas.
Distintas posturas de la jerarquía eclesiástica
Públicamente sólo el cardenal Juan Sandoval Íñiguez, Arzobispo de Guadalajara, viendo el peligro de poner la legislación del país en manos del sistema internacional de derechos humanos reaccionó contra la reforma; dirigió una carta a los obispos disintiendo con lo declarado por la Conferencia Episcopal, y apoyó a los “grupos laicales, que han venido luchando valientemente en defensa de la familia y la vida ante los ataques de las leyes”.
No se dieron nunca por vencidos
En Guadalajara, la Coalición Mexicanos por la Vida de Todos realizó una marcha multitudinaria el 14 de mayo, pidiendo a los legisladores del Estado de Jalisco que rechacen la reforma de la Constitución de México, independientemente de lo que otros estados decidan, ya que en los demás estados  se tuvo conocimiento de manifestaciones públicas de este tipo sólo por la Coalición Nacional por los Derechos Humanos a Favor de la Vida y la Familia, en el Norte de La Nación Mexicana.

La asociación Mexicanos por la Vida de Todos está conformada por más de 210 asociaciones civiles, educativas, religiosas, de profesionales y otros movimientos sociales que tienen representación en varios estados de la República Mexicana.

Cuáles serán Las consecuencias de esta inicua Reforma

El manifiesto de Mexicanos por la Vida de Todos sintetiza claramente las consecuencias de someterse al sistema internacional de derechos humanos, y evidencia las graves implicaciones de la misma, que en contrapeso, terminan siendo desproporcionadamente negativas para la población de México respecto al bien que se pretende conseguir.

Senador Joaquín Coldwell
.-“Compromete la Soberanía Nacional. La Reforma hace que los Tratados Internacionales se equiparen a nuestra Constitución. Esto significaría que otros países, Cortes Internacionales o Comités de seguimiento, decidirían qué Derechos Humanos debemos acatar, aunque en realidad no sean verdaderos Derechos Humanos. Actualmente hay grupos luchando para que en los Tratados Internacionales se incluya aborto, alquiler de vientres, matrimonios homosexuales y adopción por estas parejas, entre otros falsos derechos” (…).
- Ahora bien, la interpretación última del contenido de cada uno de los derechos humanos la realizan las Cortes Internacionales de Justicia, y cada uno de los Comités de Monitoreo de los Tratados de derechos humanos tiene facultades para emitir Observaciones Generales de carácter obligatorio y dictámenes a cada Estado –en algunos casos vinculantes si así lo disponen los Protocolos Facultativos–. (…)
-“Las Cortes de Justicia están compuestas por jueces de diferentes países, con la cultura jurídica de sus propias naciones que, en la gran mayoría de los casos, es muy diferente a la cultura jurídica mexicana. Por lo tanto, quienes en definitiva determinarán en nuestro País qué dicen en concreto los tratados de derechos humanos, no serán los Jueces de la Corte Suprema de México, sino jueces extranjeros que nadie conoce( Y lo mismo está en riesgo de aplicarse a todos los países latinoamericanos pues todos son blancos potenciales) . Pero esto no es lo peor de todo. Lo más grave es que los  Comités de Monitoreo, que están compuestos por activistas sin título de abogado ni habilitación alguna en materia jurídica, hacen interpretaciones a las que con la reforma constitucional prevista se les va a tener que dar valor constitucional”.(…)
-“Cambia el término ‘individuo’ por ‘persona’, lo cual deja que el Estado sea el que interprete, quién es persona. Deliberadamente deja indefenso al niño por nacer, ya que el significado del término ‘persona’ en el sentido en que lo define la Reforma, depende del poder político en turno . La definición de "persona", y por lo tanto, el momento en el que empieza a serlo, dependería de lo que la ley en turno dictara. Esto abre la posibilidad de despenalizar el aborto en todo el País, aun cuando la mayoría de las Constituciones de los Estados protegen al bebé desde la concepción” (…).
-“Se presta a interpretar equivocadamente los Derechos Humanos. En la Reforma no se define qué es un derecho humano. Para saber cuál derecho es más importante que otro, conforme a esta Reforma, La inclusión del concepto "progresividad" en materia de derechos humanos supone acatar nuevos "derechos" sobre los que no hay consenso entre las naciones y que entran en conflicto con los derechos establecidos en la Declaración Universal de los Derechos Humanos. Por ejemplo, el pretendido ‘derecho’ de la mujer al aborto, estaría por encima del derecho a la vida del no nacido” (…)
Senador Pablo Gómez
-“Porque compromete la Soberanía Nacional. Ubica al mismo nivel de la Constitución a todos los Tratados Internacionales firmados por México así como los que firmará, sin necesidad de consultar con los estados, quebrantando el pacto federal, y abriendo la puerta a imposiciones de organismos internacionales e interpretaciones ideologizadas que transgreden nuestra identidad cultural, tradiciones, valores e idiosincrasia nacional”.(…)
-Es cierto que sólo tienen rango constitucional los Tratados firmados por México, y que dichos Tratados tienen una redacción muy concreta y precisa. Sin embargo, se aceptó el principio de la "progresividad" para interpretarlos. Dicho principio implica entronizar el relativismo absoluto en materia jurídica”. (…)
-“Se opone a la libertad religiosa. La Reforma establece que los actos religiosos de culto público pueden ser restringidos o suspendidos” (…).
-“Favorece la intolerancia, restringe la libertad de expresión e incluye la aceptación de comportamientos desviados al contener el término de ‘preferencias sexuales’. Este término no existe en ningún Tratado Internacional, las naciones miembro de la ONU no han admitido su utilización” (…)
-“Con esta adición, se generan condiciones para legalizar las uniones homosexuales y la adopción de niños por parejas homosexuales y promueve la incertidumbre jurídica, en toda la nación”(…)
-“Pone en riesgo el derecho de los padres a decidir sobre la educación de sus hijos. Esta Reforma abriría las puertas para que se enseñe en las escuelas sobre la práctica de la homosexualidad como una opción más para el niño. Se inculcaría además a los niños información sexual explícita desde preescolar, entre otras cosas. Esto se aplicaría por igual en escuelas públicas y privadas, sin que los padres puedan objetar en contra”. (…)
Además, Mexicanos por la Vida de Todos, pidió el rechazo de varios proyectos presentados en el Congreso de Jalisco por el inicuo PRD; de despenalizar el aborto hasta la semana 12 de gestación; del divorcio express; de legitimar las uniones civiles entre parejas del mismo sexo; de subrogación de vientres o vientres de alquiler; y de reforma de la ley estatal de salud para permitir el acceso de las adolescentes a la anticoncepción y al aborto, otorgándoles “derechos sexuales”. (…)
Los mismos reclamos los ha hecho, en otros estados, la Coalición Nacional por los Derechos Humanos a Favor de la Vida y la Familia.
El video a continuación confirma lo que asentamos en este artículo, pero aunque ya fue rebasado por los Legisladores sordos y ciegos, nos es útil.


(continúa en siguiente Post.)

domingo, 3 de abril de 2011

LA CULTURA DE LA MUERTE AVANZA EN LA CRISTIANDAD


 REFORMA INICUA A LA CONSTITUCIÓN MEXICANA

El pasado martes 8 de marzo, el Senado de la República aprobó la Reforma al Capítulo 1 del Título Primero de la Constitución Política para denominarse: DE LOS DERECHOS Y SUS GARANTÍAS una reforma plagada de sofismas y eufemismos.

Las modificaciones a la Constitución fueron avaladas por senadores de todos los partidos, luego de retrasar varias veces la reunión para votar el dictamen final de la reforma debido a la presión ejercida por los  miles de correos electrónicos y llamadas telefónicas de ciudadanos inconformes que les exigían no se aprobara la reforma a nuestra Carta Magna Federal.

Fue desilusionante y frustrante el ver que los senadores tanto de Partidos como el PAN con Creel a la Cabeza y el PVEM que en su doctrina aseguran estar a favor de la vida, la familia y la cultura característica de los Mexicanos, como del PRI y PRD dominados por la masonería y los verdaderos instigadores de esta reforma ignoraron la voluntad popular que les exigía no lo hicieran.

¿Qué se busca realmente con esta reforma?

La pregunta que surge es ¿por qué el interés en que esta iniciativa se acepte contra toda resistencia y con el consenso de todos los partidos? Vamos a desglosar cuidadosamente que es lo que se busca con esta polémica Reforma:

  Dictamen mentiroso


El dictamen dice apoyarse en los tratados internacionales, que en ningún caso han definido ni reconocen el mentado derecho a la preferencia sexual, ni a la orientación sexual. A la vez, el documento adopta la antijurídica teoría del carácter evolutivo de los derechos humanos que circula en ambientes de la ONU, y que ya ha sido plasmada en algunos documentos como los informes del Comité de Seguimiento de la CEDAW. Dicha teoría justifica la reinterpretación de los derechos humanos, es decir, su perversión, para imponer los pseudo derechos al aborto, a la esterilización y al reconocimiento social y jurídico de la homosexualidad, al margen de la letra de los convenios internacionales y por lo tanto a lograr minar en su basa a la familia tradicional célula básica puntal de la sociedad Cristiana Católica.

Iniciemos el análisis:

Artículo 1° de la Carta Magna Mexicana

1Inclusión de la expresión “preferencia sexual.” (5º. Párrafo del Art. 1). Esta Reforma, contrariamente a su propósito, al añadir el adjetivo “sexual” a la palabra “preferencia”, discrimina cualquier otro tipo de preferencias, opiniones y manifestaciones que no tengan que ver con el ámbito sexual. Siendo un término ambiguo, el cual no existe  en ningún tratado internacional, podría implicar  al menos 23 tipos de conductas sexuales incluidas la pedofilia, zoofilia, necrofilia exhibicionismo, etc. En virtud de sólo proteger preferencias sexuales, elimina y discrimina las anteriormente protegidas, como las de orden político, ideológico, social, cultural, deportivo, etc.

En otro orden de ideas, tal término no existe en ningún Tratado Internacional. Incluso, otro término menos radical, el de “orientación sexual”, ha sido rechazado por los países miembros de la Asamblea General de la ONU, tanto en 2006 como en 2008 y recientemente en diciembre de 2010, debido a sus implicaciones negativas para la educación y la familia. Bajo estos antecedentes, en 2007, el Reino Unido estableció reglamentaciones que clausuraron todas las agencias de adopción que se negaron a confiar niños a parejas del mismo sexo.

Este derecho humano emergente de preferencia sexual y su garantía constitucional de no ser discriminado en ningún ámbito, generará colisión con otros (auténticos) derechos humanos, propiciando fuertes conflictos sociales, por ejemplo: La posibilidad de no ser excluidos de la oportunidad de acceder a todo tipo de empleos, se colisiona con la libertad de los empleadores de seleccionar a su personal. De no ser excluidos de participar en ningún tipo de organización: se entra en conflicto con la libertad de religión. A no ser objeto de agresiones verbales, llevará a obligatoriedad de tipificar en toda la república lo que actualmente está regulado en sólo cinco entidades federativas, penalizado con prisión, lo que en la práctica conduce a que cualquier expresión de desacuerdo en contra de cualquier preferencia sexual sea criminalizada, vulnerando con ello el derecho a la libertad de expresión, de prensa, de religión y de conciencia.

2 Inclusión del término “persona” (1er. párrafo del Art. 1). Al sustituir el término “individuo” por el de “persona”, deliberadamente deja indefenso al niño por nacer, ya que el término “persona” para el Derecho, es una construcción jurídica que depende de la Ley, y ésta, a su vez, del poder político en turno (lo cual abre la posibilidad de legalizar el aborto en todo el País, aun contradiciendo la legislación vigente en la Constitución Política de cada Estado). El Legislativo en turno determinaría quién es persona, o cuándo se comienza a ser persona.
3  Interpretación arbitraria de los Derechos Humanos (2º. y 3er. párrafo del Art. 1). Unos derechos se interpretarían conforme a los Tratados Internacionales y otros con criterios de Constitucionalidad interna mexicana. Para saber cuál derecho prevalecería sobre otro, conforme la Reforma propone, por ejemplo, el pretendido “derecho” de la mujer al aborto, estaría por encima del derecho a la vida de otro individuo que aún no es considerado persona jurídica. La inclusión del concepto “progresividad” en materia de Derechos Humanos supone acatar nuevos “derechos” sobre los que aún no hay consenso entre las Naciones y que entran en conflicto con los derechos establecidos en la Declaración Universal de los Derechos Humanos.


4 Se compromete la Soberanía Nacional (1er. párrafo del Art. 1). Al elevar a rango Constitucional los Tratados Internacionales, esto implicaría reformas Constitucionales al arbitrio de sujetos de derecho externos a México y con otros intereses, ajenos a las tradiciones, valores e idiosincrasia mexicana. Se argumenta que el Senado tendría la facultad de no ratificar ciertos Tratados; sin embargo, ese es un control excesivamente frágil, comparado con el control constitucional interno que actualmente tenemos (la aprobación del Congreso de la Unión con dos terceras partes, más la aprobación de la mayoría de las Legislaturas locales). Por ello, esta Reforma viola seriamente el derecho de los Estados, el Pacto federal, ya que no participarían éstos en algunas Reformas Constitucionales


Los Senadores se negaron a escuchar peticiones como las del siguiente clip:


(Continuará en el siguiente Artículo)